La Ley Federal de Protección al Consumidor establece como principios básicos
de las relaciones de consumo:
- Protección a la vida, a la salud y a la seguridad la población consumidora del
consumidor.
- Información adecuada y clara sobre los diferentes productos y servicios.
- La prevención efectiva y reparación de los daños patrimoniales y morales,
individuales o colectivos, garantizando la protección jurídica, económica,
administrativa y técnica a las y los consumidores.
- Otorgamiento de información y facilidades a las consumidoras y los
consumidores para la defensa de sus derechos.
- Protección contra la publicidad engañosa y abusiva.
- La real y efectiva protección en las transacciones efectuadas a través de
cualquier tecnología y la adecuada utilización de los datos aportados.
- El respeto a los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de
consumo.
1. Respeto a los precios máximos legalmente establecidos.
Artículo 8
La población consumidora os consumidores tienen derecho a que se les
respeten los precios máximos establecidos en términos de la Ley Federal de
Competencia Económica, así como los precios y tarifas que son determinados
por las autoridades competentes.
2. Puedes contratar servicios adicionales voluntariamente y no de
forma obligada por la o el proveedor.
Artículo 10
Las y los proveedores no podrán prestar servicios adicionales a los
originalmente contratados que no hubieren sido solicitados o aceptados
expresamente por el consumidor.
3. Respeto a la integridad personal de la población consumidora los
consumidores.
Artículo 10
“Está prohibido que en los establecimientos comerciales o de servicios se
realicen acciones que atenten contra la libertad, seguridad o integridad
personales de los consumidores, bajo pretexto de registro o averiguación.
“Los consumidores tendrán derecho a la reparación del daño moral y a la
indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no
comprobarse el delito imputado.”
No permitas que atenten en contra de tu integridad personal. Haz
valer este derecho.
4. Recibir comprobantes de las operaciones comerciales.
Artículo 12
“El consumidor tiene derecho a exigir notas, facturas, recibos o comprobantes
de las operaciones comerciales realizadas.”
Las proveedoras y os proveedores de bienes o prestadoras/es de
servicios tienen la obligación de entregar comprobantes de las
operaciones realizadas, consignando fecha, concepto, importe,
domicilio de la o el proveedor y cédula de identificación fiscal.
5. Derecho a no recibir información publicitaria.
Artículo 17, 18 Y 18 bis.
“El consumidor tiene derecho a exigir de proveedores que utilicen información
con fines publicitarios, no ser molestados en su domicilio, lugar de trabajo,
dirección electrónica u otro medio para ofrecerle bienes o servicios y que no le
envíen publicidad, así como, que la información relativa a él no sea cedida o
transmitida a terceros.
“La Procuradora podrá llevar un registro público de consumidores que no
deseen que su información sea utilizada para fines publicitarios.”
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